Modelo de escrito interponiendo recurso de apelación en contra de auto |
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
VS
XXXXXXXXXXXXXXX
Expediente
número.- XXXX/200X
Secretaría
“X”
DORIS LEONARDA ALONSO GONZÁLEZ, abogada, con cédula
profesional XXXXXXX, debidamente
registrada en el libro de este H. Juzgado, autorizada por la parte actora en
los términos del cuarto párrafo del artículo 112 del Código de Procedimientos
Civiles para el Distrito Federal, ante usted con el debido
respeto comparezco para exponer:
Que por medio de este
escrito, con fundamento en los artículos 688,
689, 692 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el
Distrito Federal, vengo a interponer RECURSO de APELACIÓN en contra del auto de
fecha trece de agosto de dos mil ocho, el cual fue dictado al tenor siguiente:
“México,
Distrito Federal, a trece de agosto de dos mil ocho.-
Agréguese
al expediente número 217/06 el escrito de cuenta del autorizado de la parte
actora se le tiene en tiempo y forma desahogando la vista ordenada por auto de
fecha quince de julio del dos mil ocho segundo acuerdo para los efectos legales
a que haya lugar.- Notifíquese. Lo proveyó y firma el C. Juez Vigésimo de lo
Civil Licenciado José Agustín Pérez Cortés, quien actúa en unión de la
Secretaria de Acuerdos “A” Licenciada María Isabel Martínez Galicia, que
autoriza y da fe.- Doy fe.
SEGUNDO ACUERDO”
En mérito de lo anterior, y
a efecto de que la H. Sala del Tribunal Superior de Justicia correspondiente,
resuelva conforme a derecho el recurso que se interpone, a continuación expreso
los agravios que causa a la parte actora el auto recurrido, pasando primeramente
a exponer los siguientes,
ANTECEDENTES:
1.- Con fecha XXXXX de XXXXXXX de dos mil XXXX, el inferior giró atento exhorto al
C. Juez competente en XXXXXXX, a efecto
de que en auxilio de las labores del Juzgado girara atento oficio al C,
Director del Archivo General de Notarias de dicha entidad, a efecto de que la
perito Tercero en discordia XXXXXXXXXXXXXXX,
tuviera acceso a la escritura Pública número XXXXXXX, pasada ante la fe del Notario Público número X del
Distrito Judicial de XXXXXXX, y de esa
manera la perito de marras pudiera realizar sus funciones como auxiliar de la
administración de la justicia, Es de hacer notar que en el exhorto referido, solamente se autorizó para actuar a la
perito XXXXXXXXXXXXXX, por lo que dicha persona en su carácter de auxiliar
de la administración de la justicia designada como perito tercero por el
inferior, debió haber realizado las gestiones y tramites inherentes a las
funciones que le fueron encomendadas.
2.- Mediante auto de fecha XXXXXXX de XXXXXXX de
dos mil XXXXX, el A-QUO dictó auto en el que previno a la Perito Tercero en
discordia XXXXXXX, a efecto de que en el
término de tres días acreditara ante el Juzgado del conocimiento el haber gestionado ante el
Juez exhortado la expedición del oficio al Archivo General de Notarías en XXXXXXX, o para que acreditara la
imposibilidad para haberlo hecho, habiendo quedado apercibida de ser removida
de su cargo y se nombraría perito en su sustitución.
3.-
Con fecha XXXX de XXXX del dos mil XXXX, le fue notificado personalmente el
auto de fecha XXXXXXX de XXXXXXX de dos mil XXXX, a la Perito Tercero en discordia XXXXXXX, tal y como consta en la razón puesta por el C.
Funcionario Actuario de la adscripción de dicha fecha que corre agregada en
autos.
4.- Es el caso, que la Perito Tercero en discordia XXXXXXX, omitió
cumplir con lo ordenado por el C. Juez del conocimiento en el auto de fecha
XXXXXXX de junio de dos mil XXXX y
acreditar el haber
gestionado ante el Juez exhortado la expedición del oficio al Archivo General
de Notarías en XXXXXXX, o para que acreditara la imposibilidad para haberlo hecho. En lugar de
eso, mediante escrito de fecha XX de XXXXXXX de dos mil XXXX, la perito referida, olvidando las funciones que
debe realizar como auxiliar de la administración de la justicia, se concreta a
pedirle al C. Juez del conocimiento que las partes realicen el trámite y se le
notifiquen personalmente los acuerdos respectivos.
5.- Ante la omisión de la perito
de cumplir con lo ordenado por el inferior en auto de fecha XXXXXXX de XXXXXXX de
dos mil XXXX, la parte actora mediante
escrito de fecha XXXX de XXXXXXX del dos mil XXXXX,
desahogó la vista que se le concediere en diverso auto de fecha XXXXXXX de XXXXXXX de
dos mil XXXXXXX (segundo acuerdo) y ACUSÓ
EXPRESAMENTE LA REBELDÍA
en que incurrió la perito XXXXXXX por no haber dado cumplimiento, dentro del término
que para ello le fue concedido, a lo ordenado por el inferior en auto de fecha XXXXXXX de XXXXXXX de dos mil XXXXXXX (segundo acuerdo),
habiéndosele pedido al A-QUO que REMOVIERA DEL CARGO a la perito XXXXXXX y DESIGNARA PERITO EN SU
SUSTITUCIÓN.
6.- A las peticiones de la parte
actora contenidas en el escrito de fecha XXXXXXX de XXXXXXX del dos mil XXXXXXX mencionada en el punto X
que antecede, el inferior se negó a atenderlas, ni caso les hizo y se concretó
a dictar el auto que ahora se recurre, lo que causa a la parte actora, los
siguientes,
AGRAVIOS:
ÚNICO.- El auto recurrido es
ilegal, en mérito de que conculca los artículos 81,
82 y 84 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, en agravio de la parte
actora.
En efecto, el 81del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito
Federal, textualmente establece:
“Artículo 81.- Todas las resoluciones sean
decretos de trámite, autos
provisionales, definitivos o
preparatorios o sentencias interlocutorias, deben ser claras, precisas y
congruentes con las promociones de las partes, resolviendo sobre todo lo que éstas hayan pedido. Cuando el tribunal
sea omiso en resolver todas las peticiones planteadas por el promovente, de
oficio o a simple instancia verbal del interesado, deberá dar nueva cuenta y
resolver las cuestiones omitidas dentro del día siguiente. Las sentencias
definitivas también deben ser claras, precisas y congruentes con las demandas y
las contestaciones y con las demás pretensiones deducidas oportunamente en el
pleito, condenando o absolviendo al demandado, y decidiendo todos los puntos
litigiosos que hayan sido objeto del debate. Cuando éstos hubieren sido varios,
se hará el pronunciamiento correspondiente a cada uno de ellos.
Así las cosas y atendiendo a las constancias de autos (amen de las
constancias referidas en los antecedentes de este escrito), así como a lo dispuesto
por los ordenamientos legales antes aludidos, el inferior conculca en agravio
de la parte actora, el principio de congruencia consagrado por el artículo 81
del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, en virtud de que
en el auto recurrido, el A-QUO pasa por alto e ignora las peticiones formuladas
por la parte actora contenidas en el escrito de fecha XXXXXXX de XXXXXXX del dos mil XXXXXXX,
omitiendo tener por acusada la rebeldía a la perito tercero en discordia XXXXXXX por no haber dado cumplimiento al auto de fecha XXXXXXX de XXXXXXX de dos mil XXXXXXX y
omite también removerla de su cargo y designar nuevo perito.
En el auto de fecha XXXXXXX de XXXXXXX de
dos mil XXXXXXX, el A-QUO claramente
previno a la Perito Tercero en discordia XXXXXXX, a efecto de que en el término de tres días acreditara ante el Juzgado
del conocimiento el haber gestionado ante el Juez exhortado la expedición del oficio al
Archivo General de Notarías en XXXXXXX, o para que acreditara la imposibilidad para haberlo
hecho, habiendo quedado apercibida de ser removida de su cargo y se nombraría
perito en su sustitución, lo que la
perito de marras omitió cumplimentar, por lo que no existe motivo alguno ni
justificación legal para que el inferior ignorara las peticiones de la parte
actora contenidas en el escrito de fecha XXXXXXX de XXXXXXX del dos mil XXXXXXX.
En virtud de lo anterior el
auto recurrido es ilegal, por lo que se pide a los C. Magistrados que
integran la H. Sala del conocimiento, se sirvan revocar el auto recurrido, y en
plenitud de jurisdicción, dictar uno nuevo en el que se resuelva conforme a
derecho y acorde a las constancias de autos, las peticiones de la parte actora
contenidas en su escrito de fecha XXXXXXX de XXXXXXX del dos mil XXXXXXX,
teniendo por acusada la rebeldía hecha valer a la perito tercero en discordia,
por haber omitido dar cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha XXXXXXX de junio de dos mil XXXXXXX, haciendo efectivo el apercibimiento contenido en
dicho auto y consecuentemente removerla de su cargo y nombrar perito en su sustitución.
Por lo expuesto,
A USTED C. JUEZ, atentamente pido se sirva:
PRIMERO.- Tenerme por
presentada con este escrito, interponiendo RECURSO de APELACIÓN en contra del auto de fecha XXXXXXX de XXXXXXX del año dos mil XXXX.
SEGUNDO.- Admitir el
recurso interpuesto, dando vista a la contraria para que dentro del término de tres días
conteste los agravios que se hacen valer.
A LOS C.
MAGISTRADOS QUE INTEGRAN LA H. SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA, atentamente pido se sirvan:
ÚNICO.- Revocar el auto recurrido, y en plenitud de jurisdicción, dictar uno nuevo en el que se resuelva conforme a derecho y acorde a las constancias de autos, las peticiones de la parte actora contenidas en su escrito de fecha XXXXXXX de XXXXXXX del dos mil XXXXXXX, teniendo por acusada la rebeldía hecha valer a la perito tercero en discordia, por haber omitido dar cumplimiento a lo ordenado en auto de fecha XXXXXXX de XXXXXXX de dos mil XXXXXXX, haciendo efectivo el apercibimiento contenido en dicho auto y consecuentemente removerla de su cargo y nombrar perito en su sustitución.
PROTESTO LO
NECESARIO
México, D. F., a XXXX de agosto de 200X.
REFFREGER ALONSO
BUFETE JURIDICO
DAG/erm